HACIENDA HA APROBADO ESTE PASADO 30 DE JUNIO, PERO, ¿EN QUÉ CONSISTE ESTA LEY? ¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR? ¿TENDRÁ CARÁCTER RETROACTIVO? ¿QUÉ PASA CON MIS INVERSIONES EN CRIPTOMONEDAS? SON MUCHAS LAS PREGUNTAS ANTE EL MIEDO DE QUE LLEGUE UNA CARTA DE HACIENDA AL BUZÓN DE CASA.
¿QUÉ ES EL MODELO 720?
Como primer punto, aclarar que el modelo 720 es un modelo informativo, no se tributa, por lo que no tienes que pagar en función de cuanto tengas o lo que hayas ganado ese año – Eso se tributa en patrimonio y en el IRPF respectivamente- eso sí, si no informas las multas pueden costarte muy caro. Centrándonos en la parte cripto (que es por lo que habéis entrado), el principal objetivo de esta ley es, tener constancia de los saldos que tienes en Exchanges extranjeros a 31/12 o en el último trimestre del año (eso ya lo veremos en el reglamento).
ACTIVOS A DECLARAR EN EL 720
100
5.000
POR DATO OMITIDO O INCORRECTO
detalles
Las cuestiones que se debaten ahora son si esos 50.000 euros pueden ser por criptodivisa o por la suma de todas las criptos, si se tomará como referencia el saldo a 31/12 o el último trimestre del año… muchas preguntas sin responder hasta que no leamos el famoso reglamento.
¿cuando entra en vigor?
La ley entró en Vigor en julio de 2021, por lo tanto, se supone que habrá que presentar el 720 cripto en un plazo tres meses desde el final del ejercicio 2021. Por lo que, dependiendo de tu situación es mejor que empieces a preparar el papeleo cuanto antes.
CONTACTA CON NOSOTROS
Desde Seico, te recomendamos que estés al tanto (sobre todo ahora que quedan justo tres meses para que acabe el año) y vayas haciendo pantallazos, videos y todo tipo de justificantes de los saldos para tener un respaldo ante Hacienda.
Viernes: 8:00-15:00
© 2020 All rights reserved.